Anexo Institucional a la Res. 3121/04

ANEXO INSTITUCIONAL DE LA RESOLUCIÓN Nº 3121/04

COBERTURA DE AYUDANTIAS DE CATEDRA

ISFD Nº 41

CAI 2010

a) Responsabilidades del Equipo Directivo 

CORRESPONDE:

Difundir la reglamentación 3121 y anexo institucional. Asegurar la implementación de todas las vías de comunicación establecidas para tal fin. Tales como: cartelera CAI, cartelera Central, carpeta en Dirección y fotocopiadora.

Establecer el cronograma de llamado de ayudantías (según modelo adjunto).

Evaluar la posibilidad de prórrogas en los plazos de ser necesarios.

Convocar a los integrantes de los jurados evaluadores, constituidos por el profesor de la cátedra solicitante, el Jefe de Área o cargo similar de la carrera y, de ser posible,  un alumno de cuarto año de la carrera en cuestión.

Publicar, por las vías antes citadas, los listados de ayudantes seleccionados

Llevar un registro institucional de las ayudantías del instituto.

Informar al CAI de cualquier situación anómala o dificultosa para que tome la correspondiente intervención.

Realizar los certificados y constancias para ayudantes y docentes. 

b) Responsabilidades de los Jefes de Área o cargo similar. 

CORRESPONDE

Informar a la Dirección sobre la apertura de concursos de ayudantía en la carrera.

Lectura y evaluación de los proyectos de cátedra del Docente  solicitante conforme a reglamentación vigente.

Llevar la documentación de todos los concursos. Conservar esta documentación por 3 años.

Hacer el seguimiento de la renovación de las ayudantías y del desarrollo de las mismas. Elevar un informe a la dirección a fines del año lectivo. Llevar archivo de todas las ayudantías de su carrera.

Entregar a la dirección el listado de ayudantes aprobados para su publicación.

Llevar archivo de todos los trabajos de investigación realizados en el seno de las ayudantías.

Dar difusión al resto de la comunidad académica de aquellos trabajos de investigación destacados.

Comunicar a la dirección cualquier situación anómala para su correspondiente intervención.

Controlar que no se produzcan presentaciones a concurso de alumnos que no estén habilitados a tal fin.

c) Responsabilidades del CAI 

CORRESPONDE:

Notificarse del seguimiento de los proyectos de ayudantía.

Intervenir ante situaciones no previstas por la Resolución 3121/04.

Analizar y tomar decisiones en casos de irregularidades severas.

Aprobar ante casos extremos funciones especiales para los ayudantes- graduados.

 d) Responsabilidades del Jurado

 CORRESPONDE:

Garantizar la evaluación de todas las solicitudes presentados por los candidatos – Ayudantes. En la solicitud el aspirante-  Ayudante.

 

Controlar la documentación pertinente

Documentar su actuación en cada concurso.

Emitir un dictamen y establecer un orden de mérito, si corresponde. 

e) Responsabilidades del Docente:

CORRESPONDE

El docente a cargo de la Unidad Curricular debe elevar al Jefe/a de Área o cargo similar respectivo su solicitud de incluir ayudantes.

Deberá acompañar la solicitud, el proyecto de cátedra que delimitará las funciones del futuro ayudante. En ningún caso el ayudante podrá evaluar ni dar clase en ausencia del Docente a cargo de la Cátedra, salvo expresa autorización del CAI, ni contradecir la Resolución Nº 3121/04.

El docente integrará el tribunal evaluador, conjuntamente con el Jefe de Área o cargo similar y, de ser posible,  un alumno de cuarto año de la carrera en cuestión.

Los profesores que tengan ayudantes deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. Poseer una antigüedad en la Rama Superior no menor a 5 años y en la asignatura no inferior a 3 años. En aquellos casos que  así  lo americe, el Jefe de Área podrá solicitar al CAI la  vía de excepción.
  2. Supervisar el trabajo del ayudante y elaborar un informe anual del mismo que quede registrado.

Al momento de solicitar ayudantes debe especificar en su proyecto si acepta ayudantes – graduados o ayudantes – alumnos.

El docente deberá elevar informes de progreso, evaluación y finalización de cada ayudantía a los Jefes de Área o cargo similar.

Reiterar el pedido de ayudantes cada año si así lo quisiera.

El docente recibirá un certificado por formar ayudantes.

f) Responsabilidades del aspirante a la ayudantía

CORRESPONDE

Presentar una solicitud en la que fundamente su interés en participar como tal en la cátedra elegida,  planteando sus objetivos personales y los aportes que considera son de interés para contribuir con el docente a cargo de la misma.

 Respetar las condiciones establecidas en la Resolución 3121/04.

 El período de la adscripción será:

  • Para el ayudante – alumno:

Un (1) año. Si el ayudante no terminara su carrera en el período de un año automáticamente se denegará su renovación.

Aprobada la materia con  (7) siete  puntos y un promedio parcial general de (7) siete puntos.

Los ayudante – alumnos sólo podrán desempeñarse en las unidades curriculares correspondientes al 1º y 2º año de la carrera.

  • Para el ayudante – graduado:

La extensión de la ayudantía será de un mínimo de un (1) año y un máximo de dos (2) años, independientemente del tiempo que haya ejercido como ayudante alumno, si esa fuera la situación.

Terminada su ayudantía, el ayudante no podrá volver a desempeñarse como ayudante en la misma unidad curricular.

El aspirante debe poseer calificación 7 (siete) puntos de promedio en la carrera y tener un promedio de (7) siete puntos como mínimo en la materia concursada.

Sus funciones en ningún caso podrán excederse de lo establecido en la resolución 3121/04. Salvo situación de fuerza mayor y previa autorización del CAI.

El ayudante recibirá un certificado por su desempeño.

Anexos:

Planillas de evaluación de concurso.

Modelo de informes al CAI.

Certificado de créditos.

 Registro Institucional.

Modelo de solicitud  para el candidato –  Ayudante.

 

CRONOGRAMA:

Para el corriente año se establece el siguiente Calendario:

Difusión de la apertura de inscripción de proyectos de ayudantías:

Presentación de los Proyectos (tanto de Profesores como de los  estudiantes), documentación y antecedentes. Al mismo tiempo la Dirección irá conformando los correspondientes tribunales:

Evaluación y entrega de los resultados a los interesados y su publicación:

El cronograma se desarrollará todos los años durante el mes de marzo  no pudiéndose  extender más allá del 15 de abril.